PROTECCIÓN JURÍDICA DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA EN GUATEMALA

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3. Reuniones 

Las reuniones ordinarias de la INCOPAS se deben llevar a cabo 

trimestralmente, y las extraordinarias se deben realizar cuando lo 

solicite la SESAN, o bien, a solicitud de por lo menos la mitad de los 

miembros de la INCOPAS. La solicitud debe dirigirse a la Secretaría 

de este órgano, acompañando la agenda a tratar. En las reuniones, 

hay quórum con la presencia de la mitad más uno de sus miembros, 

pero aunque no lo haya, las sesiones se deben llevar a cabo treinta 

minutos después de la hora establecida con los miembros que estén 

presentes. Las decisiones se toman preferentemente por consenso, 

pero se da a entender que de no alcanzarlo, se tomarán por mayoría 

absoluta, pues el Reglamento establece que en caso de empate en las 

decisiones, el Coordinador tendrá derecho a doble voto. El secretario 

de este órgano debe dejar constancia de todo lo tratado y resuelto en 

un acta, la cual debe aprobarse en la siguiente reunión (arts. 34-36 

del Reglamento). 

D. Grupo de Instituciones de Apoyo (GIA)

El GIA es defi nido por la Ley del SINASAN como el órgano “conformado 

por instituciones de gobierno no integradas dentro del CONASAN y 

de los organismos de la cooperación internacional que puedan brindar 

soporte técnico, fi nanciero y operativo cuando les sea requerido por la 

SESAN”. 

Debido a complicaciones técnicas, el GIA fue el último órgano del 

SINASAN en ser articulado. En abril de 2011 el CONASAN aprobó 

su conformación, con el nombre de Grupo Interinstitucional de Apoyo 

e integrado por el Ministerio de Relaciones Exteriores (en adelante, 

MINEX), la SEGEPLAN, G13 y los miembros de la cooperación 

internacional, funcionando bajo la coordinación de la SESAN y con la 

función primordial de brindar soporte técnico, fi nanciero y operativo a