PROTECCIÓN JURÍDICA DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA EN GUATEMALA
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3. Reuniones
Las reuniones ordinarias de la INCOPAS se deben llevar a cabo
trimestralmente, y las extraordinarias se deben realizar cuando lo
solicite la SESAN, o bien, a solicitud de por lo menos la mitad de los
miembros de la INCOPAS. La solicitud debe dirigirse a la Secretaría
de este órgano, acompañando la agenda a tratar. En las reuniones,
hay quórum con la presencia de la mitad más uno de sus miembros,
pero aunque no lo haya, las sesiones se deben llevar a cabo treinta
minutos después de la hora establecida con los miembros que estén
presentes. Las decisiones se toman preferentemente por consenso,
pero se da a entender que de no alcanzarlo, se tomarán por mayoría
absoluta, pues el Reglamento establece que en caso de empate en las
decisiones, el Coordinador tendrá derecho a doble voto. El secretario
de este órgano debe dejar constancia de todo lo tratado y resuelto en
un acta, la cual debe aprobarse en la siguiente reunión (arts. 34-36
del Reglamento).
D. Grupo de Instituciones de Apoyo (GIA)
El GIA es defi nido por la Ley del SINASAN como el órgano “conformado
por instituciones de gobierno no integradas dentro del CONASAN y
de los organismos de la cooperación internacional que puedan brindar
soporte técnico, fi nanciero y operativo cuando les sea requerido por la
SESAN”.
Debido a complicaciones técnicas, el GIA fue el último órgano del
SINASAN en ser articulado. En abril de 2011 el CONASAN aprobó
su conformación, con el nombre de Grupo Interinstitucional de Apoyo
e integrado por el Ministerio de Relaciones Exteriores (en adelante,
MINEX), la SEGEPLAN, G13 y los miembros de la cooperación
internacional, funcionando bajo la coordinación de la SESAN y con la
función primordial de brindar soporte técnico, fi nanciero y operativo a