PROTECCIÓN JURÍDICA DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA EN GUATEMALA
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5. Responsabilidades de los miembros del CONASAN
Debido a que el propósito del SINASAN es unifi car los esfuerzos en
materia de seguridad alimentaria, cada institución representada en
el CONASAN está obligada a incluir en su Plan Operativo Anual
(POA) acciones encaminadas al desarrollo de los planes, políticas
y estrategias de seguridad alimentaria acordados en el seno del
Consejo (art. 18 de la Ley del SINASAN). Para asegurarse de que las
instituciones cumplan debidamente con esta responsabilidad, los
proyectos de POA de cada una de estas entidades deben ser revisados
y aprobados por la SESAN, siguiendo el procedimiento establecido
en los artículos 4 y 5 del Reglamento.
Además, en caso de existir alguna emergencia que requiera de acciones
inmediatas, el CONASAN puede aprobar planes coyunturales
200
para solicitarle al Congreso de la República, a través de la SESAN,
la reorientación de los recursos necesarios, sin necesidad de declarar
estado de emergencia. Estas acciones coyunturales se deben llevar a
cabo de manera técnica y descentralizada, basándose en la articulación
de las entidades establecidas en la Ley de los Consejos de Desarrollo
Urbano y Rural, Ley de Descentralización y Código Municipal (art. 17
de la Ley del SINASAN, art. 3 del Reglamento).
B. Secretaría de Seguridad Alimentaria y Nutricional (SESAN)
1. Naturaleza jurídica
Las secretarías de Estado son ofi cinas de apoyo dependientes de
la Presidencia de la República. A excepción de la Secretaría de
Coordinación Ejecutiva de la Presidencia, ninguna puede ejercer
200 Se le llama “coyuntural” a aquello que surge a raíz de la combinación de
elementos o circunstancias especiales; se refi ere a los eventos que están fuera de lo
habitual, y generalmente poseen cierta relevancia. Nota del autor.