1) La preparación para la migración; 

2) La partida, el tránsito y todo el período de estancia y de ejercicio 

de una actividad remunerada en el Estado de empleo; y 

3) El regreso al Estado de origen o al Estado de residencia habitual. 

(Art. 1).

Asimismo, la Convención sobre Trabajadores Migratorios, en 

el artículo 72, establece el Comité de Protección de los Derechos de 
todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (denominado 
en adelante “el Comité”), como el órgano encargado de observar su 
aplicación. Este Comité es uno de los órganos de tratados de más 
reciente creación, inicialmente se integró con diez expertos y luego 
de entrar en vigencia en el cuadragésimo primer Estado,

26

 con catorce 

expertos independientes que ejercen sus funciones a título personal, 
quienes son elegidos en votación secreta por los Estados Partes de 
una lista de personas designadas por éstos, tomando en cuenta una 
distribución geográfi ca equitativa, incluyendo tanto Estados de origen 
como Estados de empleo (artículo 72, párrafos 1 y 2 de la Convención 
sobre Trabajadores Migratorios).

Con base en las consideraciones anteriores, el citado Comité, 

como mecanismo de protección de los derechos de los trabajadores 
migratorios y de sus familiares, cumple con las siguientes funciones: 

1) Interpretar el alcance de las obligaciones contenidas en la Convención sobre 

Trabajadores Migratorios y elaborar observaciones generales: Como ya fue 
indicado, los órganos de tratados cumplen esta función a través de 

26 Hasta julio de 2011, la Convención sobre Trabajadores Migratorios contaba con 

cuarenta y cuatro Estados Partes. Fuente: Ofi cina del Alto Comisionado de las 
Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Órganos de Tratados, Comité de Protección 
de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, situación de ratifi cación,
 
disponible en red: 

 http://treaties.un.org/Pages/ViewDetails.aspx?src=TREATY&mtdsg_no=IV-

13&chapter=4&lang=en, fecha de consulta: 9 de julio de 2011.

M.A. KARIN PAOLA WAGNER MOTA 

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