c) Acta Notarial o documento con legalización de fi rma, en que 

conste que el empleador solicitante se hace responsable de la 
conducta del extranjero a contratar, por todo el plazo que dure la 
relación laboral.

d) Certifi cación extendida por contador autorizado, en la que conste 

el número total de trabajadores nacionales y extranjeros que 
laboran en la empresa o entidad de que se trate y los salarios que 
en total devengan unos y otros, con expresión de los porcentajes 
respectivos, de conformidad con el libro de salarios o de planillas 
correspondiente, con relación a los cuales debe indicarse el 
número de registro y fecha de autorización de la dependencia 
administrativa competente. Esta información debe corresponder 
a la última semana, quincena o mes anterior a la fecha de 
presentación de la solicitud, según la periodicidad de pago del 
salario establecida en la empresa. Se excluirá de los porcentajes al 
personal extranjero que tenga permiso de trabajo para los puestos 
enunciados en el penúltimo párrafo del artículo 13 del Código 
de Trabajo. La empresa o entidad que no hubiere iniciado su 
funcionamiento podrá ser dispensada de presentar la certifi cación 
arriba indicada, siempre que el empleador acredite tal extremo 
mediante declaración jurada contenida en acta notarial o en 
documento con legalización de fi rma.

e) Fotocopia del nombramiento del extranjero a contratar. Cuando se 

trate de los casos mencionados en el artículo 2 de este Reglamento 
y legalmente sea necesario, el nombramiento deberá estar 
expedido conforme a la ley y con la correspondiente inscripción 
en el registro o registros respectivos. Cuando se trate de puestos 
distintos a los especifi cados en el artículo 2, deberá acompañarse 
el título, diploma o carta de recomendación del empleador o 
empleadores a quienes prestó sus servicios con anterioridad el 
extranjero a contratar, que acredite su capacidad para el puesto 
para el cual se solicita el permiso.

LOS TRABAJADORES EXTRANJEROS EN GUATEMALA, DERECHOS HUMANOS Y EL TRÁMITE ADMINISTRATIVO

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