VII. TRÁMITE ADMINISTRATIVO PARA QUE UN 

EXTRANJERO OBTENGA PERMISO PARA 
TRABAJAR EN GUATEMALA

Para que una persona pueda trabajar con un empleador de la 

iniciativa privada libremente en este país, debe cumplir con los 
requisitos administrativos siguientes:

37

1) Presentar solicitud de autorización de trabajo de extranjeros, la 

cual debe presentar el empleador interesado, en forma escrita, 
directamente a la Dirección General del Empleo, señalando lugar 
para recibir notifi caciones.

38

 

2) La solicitud de autorización del trabajo de los extranjeros debe 

acompañarse con los documentos siguientes:

a) Fotocopia del pasaporte completo del extranjero a contratar.

39

b) Fotocopia con razón de inscripción, registro o registros 

respectivos, que acredite la calidad con la que en su caso actúa 
el representante del empleador solicitante.

c) Acta Notarial o documento con legalización de fi rma, en que 

conste que el empleador solicitante se hace responsable de 

37 Presidente de la República de Guatemala, REGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN 

DEL TRABAJO DE PERSONAS EXTRANJERAS A EMPLEADORES DEL 
SECTOR PRIVADO, ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 528-2003, op. cit. 

38 

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social podrá constatar lo aseverado en la solicitud 
y la veracidad de los documentos acompañados. Si hubiera documentos provenientes 
del extranjero, los mismos deberán llenar los requisitos al respecto establecidos en la 
Ley del Organismo Judicial.

39 

Artículo 5. ACUERDO GUBERNATIVO No. 528-2003. “Si en el mismo no consta la 
visa de residencia que le permite trabajar en relación de dependencia, se debe presentar fotocopia de 
la respectiva resolución que otorgó la visa o constancia de trámite del Departamento de Receptoría, 
Información y Archivo de la Dirección General de Migración, en donde conste que se encuentra en 
trámite dicha visa o, en su defecto, fotocopia de la solicitud al respecto con el sello de recepción”.

M.A. LISBETH XIOMARA CARRANZA IZQUIERDO 

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