Hay reformas legislativas, algunas sin un verdadero fundamento,
sin bases jurídicas sustentables, sino políticas, que hacen que
muchos estudios desde el tiempo de los romanos queden fuera de
la legitimidad, únicamente porque el legislador consideró que los
fundamentos ‘no están hechos para la sociedad actual’, pero quizá
se deba a la falta de aplicación correcta, de conocimiento, o de una
regulación ad hoc; estas reformas dejan a un lado los principios
generales del derecho y dictan absurdos, únicamente en pos del
poder que se ostenta al momento de modifi car la ley, olvidando por
completo todas las argumentaciones antiguas que fundamentaron
dichos principios y dejando bibliotecas enteras convertidas en
papel de desecho, solamente con una simple modifi cación de
ley sin sustento jurídico, únicamente para ajustar bases legales y
así poder legitimar las actividades de funcionarios y empleados
públicos que ostentan el poder político. Se debe dictar Derecho bajo
normas vigentes y que realmente sean positivas, puesto que todos los
funcionarios y empleados públicos deben saber que sus actividades las deben
realizar ajustados a Derecho; en sí, la aprobación de leyes debe realizarse
bajo un saber descriptivo y valorativo, que enseñe cómo debe ser el
Derecho, por lo que el propio Poder Legislativo debe nutrirse de ese
conocimiento, de esos principios básicos del Derecho.
III. EL DERECHO ADMINISTRATIVO
El Derecho Administrativo es propiamente la parte del Derecho
Público interno que regula la organización y funcionamiento del
Estado; es el que tutela los derechos públicos de los pobladores por el
propio sometimiento de la Administración Pública a la ley. El Estado de
Derecho enmarca a la administración pública en la ley, fundamentando
y limitando su acción en ella. El Derecho Administrativo regula las
relaciones entre los particulares y el Estado y las del Estado mismo,
teniendo como objetivo regular los cauces jurídicos necesarios para
la defensa de los derechos colectivos, asegurando la realización de
los intereses comunitarios. En ese sentido, los funcionarios y empleados
EL DERECHO ADMINISTRATIVO EN EL SISTEMA PENITENCIARIO Y EL SILENCIO ADMINISTRATIVO
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