6)  No deben ser sometidos a experimentos científi cos de ninguna clase, como el 

escándalo que se dio a conocer, en el que médicos estadounidenses 
tomaron a reclusos guatemaltecos como ‘conejillos de indias’ 
para hacer pruebas científi cas que dañaron gravemente su salud. 
Los reclusos no deben ser tomados como personas que no valen 
y que se puede hacer con ellas lo que se desee, incluyendo la 
implementación de experimentos científi cos. 

7) Deben cumplir las penas en los lugares destinados para el efecto. Esto quiere 

decir, la delimitación de los lugares para la prisión preventiva y la de 
cumplimiento de condena, pero hay situaciones especiales en las 
que, para no mezclar grupos, debe tenerse cuidado de no mezclar 
a grupos contrarios, a grupos de personas en situaciones especiales 
que deban resguardar la vida y a toda costa evitar enfrentamientos 
absurdos, por lo que eso debe ser una política bien defi nida y 
cuidadosamente llevada por el Sistema Penitenciario. 

8) Los centros penales son de carácter civil y manejados por personal 

especializado. Se declaran centros penales de carácter civil, por lo 
tanto, ningún soldado o persona con rango castrense debe estar 
dentro del Sistema Penitenciario trabajando, puesto que el ejército 
está entrenado con una metodología que no es compatible con 
los tratamientos civiles. Por lo tanto, cada persona que labore en 
el Sistema Penitenciario debe tener esa educación especializada, 
preferiblemente con estudios superiores, adicionales a los que les 
brinda la propia Escuela del Sistema Penitenciario. 

9) Tienen derecho a comunicarse con sus familiares. Este es un derecho 

constitucional que está siendo vedado por el Ministerio Público, 
el Organismo Judicial y el Ministerio de Gobernación, así como 
por el Sistema Penitenciario, puesto que han dictado resoluciones 
que lo vulneran. Lo que deben hacer es realizar investigaciones 
especializadas en el control de las comunicaciones, de sistemas 
específi cos para ello y no vedar la comunicación de los reclusos 

“EL SISTEMA PENITENCIARIO BAJO EL MARCO CONSTITUCIONAL” 

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