y la delincuencia común por los medios y límites autorizados por el ordenamiento 
jurídico y en estricto respeto de los derechos humanos
”.

33

 Además, “Para 

informar y asesorar al Presidente de la República a manera de anticipar, prevenir 
y resolver situaciones de riesgo y amenaza de distinta naturaleza para el Estado 
democrático
”,

34

 se acuerda la creación de una Secretaría de Análisis 

Estratégico, sin que realice operaciones e investigaciones encubiertas 
propias. También se acordó la reforma legal en cuanto a sancionar 
actos de corrupción y mal manejo de recursos públicos, así como la 
participación social, a través del fortalecimiento del poder civil. 

En este acuerdo, al haberse plasmado aspectos como la justicia y la 

seguridad, dejaron a un lado al Sistema Penitenciario, que forma parte 
tanto de la justicia como de la seguridad, así como su reestructuración 
y modernización, muy necesaria desde esa fecha, o más bien dicho, 
de mucho tiempo atrás, por lo que es la institución que dentro del 
Sistema de Administración de Justicia quedó olvidada. 

Actualmente, existe un círculo vicioso de la violencia, puesto 

que la ausencia de un plan comprehensivo de mejora de la política 
social para garantizar los derechos económicos, políticos, sociales 
y culturales de cada individuo, redunda en la comisión de hechos 
delictivos y violencia y, por lo tanto, en el aumento de personas 
sujetas a prisión preventiva, o bien, sentenciadas; estos son aspectos 
criminológicos que se quedaron en el olvido al tratarse los Acuerdos 
de Paz y que aún no son discutidos seriamente por la sociedad civil 
organizada. Es necesario tomar en consideración la rehabilitación y 
reinserción a la sociedad de las personas privadas de libertad, pues 
tienen el derecho de ser una persona como cualquier otra, con su 
dignidad y todos sus derechos después de cesar la causa que haya 
provocado su encarcelamiento. 

33 Gobierno de Guatemala y Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca. Acuerdo 

sobre Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad Democrática, Op. 
Cit., párr. 48. 

34 

Idem, párr. 49. 

“EL SISTEMA PENITENCIARIO BAJO EL MARCO CONSTITUCIONAL” 

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