corrección del culpable, una corrección que asume también el valor moral de
expiación, cuando el culpable la acepta voluntariamente. La fi nalidad a la
que tiende es doble: por una parte, favorecer la reinserción de las personas
condenadas; por otra parte, promover una justicia reconciliadora,
capaz de restaurar las relaciones de convivencia armoniosas rotas por el
acto criminal […] Lamentablemente, las condiciones en que las personas
detenidas cumplen su pena no favorecen siempre el respeto de su dignidad.
Con frecuencia, las prisiones se convierten incluso en escenario de nuevos
crímenes. El ambiente de los Institutos Penitenciarios ofrece, sin embargo,
un terreno privilegiado para dar testimonio, una vez más, de la solicitud
cristiana en el campo social”.
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Aprovechamos la oportunidad para agradecer a la M. A. Girard
Luna por compartir con nosotros estas dos investigaciones que
enriquecen y brindan propuestas dentro del ámbito de las ciencias
jurídicas y sociales en el mundo de hoy. Y, principalmente, nos ayudan
a refl exionar, a tomar conciencia y a dar testimonio, a partir de la
contundente afi rmación de Jesús: “Estuve en la cárcel y me fueron a
ver” (Mt 25,36) quien, además, aseguró que: “cuando lo hicieron con
alguno de estos más pequeños, lo hicieron conmigo” (Mt 25,40).
Dr. Larry Andrade-Abularach
Director del Instituto de Investigaciones Jurídicas
Coordinador del Doctorado en Derecho de la
Universidad Rafael Landívar y de la
Universidad del País Vasco/Euskal HerrikoUnibertsitatea en
Guatemala
Guatemala de la Asunción, abril de 2012.
2 Pontifi cio Consejo “Justicia y Paz”, Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, Estado
de la Ciudad del Vaticano, Libreria Editrice Vaticana, 2005, p. 403.
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