corrección del culpable, una corrección que asume también el valor moral de 
expiación, cuando el culpable la acepta voluntariamente. La fi nalidad a la 
que tiende es doble: por una parte, favorecer la reinserción de las personas 
condenadas
; por otra parte, promover una justicia reconciliadora
capaz de restaurar las relaciones de convivencia armoniosas rotas por el 
acto criminal 
[…] Lamentablemente, las condiciones en que las personas 
detenidas cumplen su pena no favorecen siempre el respeto de su dignidad. 
Con frecuencia, las prisiones se convierten incluso en escenario de nuevos 
crímenes. El ambiente de los Institutos Penitenciarios ofrece, sin embargo, 
un terreno privilegiado para dar testimonio, una vez más, de la solicitud 
cristiana en el campo social”.

2

 

Aprovechamos la oportunidad para agradecer a la M. A. Girard 

Luna por compartir con nosotros estas dos investigaciones que 
enriquecen y brindan propuestas dentro del ámbito de las ciencias 
jurídicas y sociales en el mundo de hoy. Y, principalmente, nos ayudan 
a refl exionar, a tomar conciencia y a dar testimonio, a partir de la 
contundente afi rmación de Jesús: “Estuve en la cárcel y me fueron a 
ver”
 (Mt 25,36) quien, además, aseguró que: “cuando lo hicieron con 
alguno de estos más pequeños, lo hicieron conmigo”
 (Mt 25,40).

Dr. Larry Andrade-Abularach

Director del Instituto de Investigaciones Jurídicas

Coordinador del Doctorado en Derecho de la 

Universidad Rafael Landívar y de la 

Universidad del País Vasco/Euskal HerrikoUnibertsitatea en

Guatemala

Guatemala de la Asunción, abril de 2012.

2 Pontifi cio Consejo “Justicia y Paz”, Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, Estado 

de la Ciudad del Vaticano, Libreria Editrice Vaticana, 2005, p. 403. 

XIII