país, como se ha indicado antes, no solo en reclamo de sus intereses
gremiales, sino también políticos, partidistas y en ocasiones en
benefi cio de la población.
V. CONCLUSIONES
1. Los tiempos actuales exigen del Estado la reformulación de sus
bases, orientada hacia la reestructuración de un nuevo modelo
de gobierno que permita encontrar la solución a los problemas
actuales, sin caer en errores ya cometidos y sin retroceder hacia
modelos que cosifi quen al ser humano, colocándole como medio
y no como fi n del quehacer político estatal.
2. El fenómeno asociativo, ya sea gremial o ideológico, no obstante
perseguir intereses comunes y propios de sus integrantes, debe
siempre tener como fundamento el desarrollo de la persona
humana, respetando su dignidad, sin prestarse a intereses partidistas
o egoístas en atropello de los más elementales derechos humanos.
3. El pleno respeto a la libertad de opinión también es un derecho
vulnerado por algunas asociaciones o grupos que pretenden
imponer a una colectividad en algunos casos por la fuerza sus ideas
dentro de un determinado sistema político, cultural, económico
o hasta religioso, minimizando las voces de la gran mayoría,
enarbolando en ocasiones los llamados “derechos de las minorías”.
4. Conforme los principios de la Filosofía del Derecho, el fi n de toda
regulación jurídica y organización política, deben girar en orden a
dos fi nes: 1) lograr el desarrollo del hombre (su pleno desarrollo
integral) y 2) la felicidad del ser humano. En ese sentido, el
quehacer político, sin perder de vista esos ideales, deberá también
dirigir sus acciones en proporcionar al hombre una sociedad más
humana, con valores, que resuelva los problemas más elementales
de la sociedad en la que se encuentra inserto, y de acuerdo con
las necesidades que su población tiene, como en el caso de
M.A. PATRICIA JIMÉNEZ CRESPO
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