país, como se ha indicado antes, no solo en reclamo de sus intereses 
gremiales, sino también políticos, partidistas y en ocasiones en 
benefi cio de la población.

V. CONCLUSIONES

1. Los tiempos actuales exigen del Estado la reformulación de sus 

bases, orientada hacia la reestructuración de un nuevo modelo 
de gobierno que permita encontrar la solución a los problemas 
actuales, sin caer en errores ya cometidos y sin retroceder hacia 
modelos que cosifi quen al ser humano, colocándole como medio 
y no como fi n del quehacer político estatal.

2. El fenómeno asociativo, ya sea gremial o ideológico, no obstante 

perseguir intereses comunes y propios de sus integrantes, debe 
siempre tener como fundamento el desarrollo de la persona 
humana, respetando su dignidad, sin prestarse a intereses partidistas 
o egoístas en atropello de los más elementales derechos humanos. 

3. El pleno respeto a la libertad de opinión también es un derecho 

vulnerado por algunas asociaciones o grupos que pretenden 
imponer a una colectividad en algunos casos por la fuerza sus ideas 
dentro de un determinado sistema político, cultural, económico 
o hasta religioso, minimizando las voces de la gran mayoría, 
enarbolando en ocasiones los llamados “derechos de las minorías”. 

4. Conforme los principios de la Filosofía del Derecho, el fi n de toda 

regulación jurídica y organización política, deben girar en orden a 
dos fi nes: 1) lograr el desarrollo del hombre (su pleno desarrollo 
integral) y 2) la felicidad del ser humano. En ese sentido, el 
quehacer político, sin perder de vista esos ideales, deberá también 
dirigir sus acciones en proporcionar al hombre una sociedad más 
humana, con valores, que resuelva los problemas más elementales 
de la sociedad en la que se encuentra inserto, y de acuerdo con 
las necesidades que su población tiene, como en el caso de 

M.A. PATRICIA JIMÉNEZ CRESPO

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