Con la Constitución de 1965, se establece el Consejo de Estado,
un organismo en que se produjo la institucionalización de los grupos
de presión, en el cual se le daba representación a los sindicatos de la
ciudad y del campo, los colegios profesionales, las cámaras de comercio
e industria, las asociaciones de agricultores, la banca privada y a las
municipalidades.
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Como característica de este consejo, además de
su integración por diversos sectores sociales, culturales, económicos,
políticos, etc. dentro de una estructura del Estado, presidido por
el Vicepresidente de la República, se le daba la representación
institucional de la entidad por la cual habían sido nombrados y/o
designados para manifestar y defender los intereses sectoriales
respectivos.
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Dicha institución desaparece en la Constitución de
1985, que es la actualmente vigente en Guatemala; sin embargo,
perviven algunas instituciones que garantizan el derecho primario
de asociación, se regula lo relativo a la colegiación profesional, las
agrupaciones campesinas cooperativistas así como otras formas de
asociación, sindicalismo, etc.
Cabe también mencionar que otra forma de representación
ciudadana que se ha logrado en las últimas décadas consiste en las
“comisiones de postulación”, integradas por los decanos de las
Facultades de Derecho de las distintas universidades (la pública y las
privadas) que funcionan en el país, quienes nombran los candidatos
para las ternas que se proponen para ciertos cargos de relevancia en
el país, que en cierto modo representan los intereses o ideologías de
quienes los han propuesto.
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Ibidem.
30
Ibidem.
“GRUPOS DE INTERÉS Y DE PRESIÓN EN GUATEMALA”
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