•
PCT: Vigente en Guatemala desde el 2006 y cuyo análisis se
incluyó en el apartado 5.2.8. del Capítulo V.
•
ADPIC: Vigente en Guatemala desde 1995 y cuyo texto fue
analizado en el apartado 6.2. del Capítulo VI.
7.4. SISTEMA DE PROTECCIÓN DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL
7.4.1. ANTES DE 1995
En el Esquema 01 mostrado en la página 23 se observa que antes
de 1995 el sistema de protección de la propiedad intelectual en general
se integraba con los instrumentos siguientes:
•
Convenio de Estocolmo: Vigente en Guatemala desde 1983. El
texto de este Convenio no se ha incluido anteriormente, por lo
que es procedente comentar brevemente el contenido del mismo.
El Convenio que establece la Organización Mundial de la
Propiedad Intelectual fue fi rmado en Estocolmo –1967–. Este
instrumento contiene un preámbulo en que las partes hacen constar
que su deseo es contribuir a una mejor comprensión y colaboración
entre los Estados a fi n de estimular la actividad creadora y promover
en todo el mundo la protección de la propiedad intelectual; y que con
el objetivo de modernizar y hacer más efi caz la administración de la
Unión de París y de la Unión de Berna han convenido en establecer
la OMPI.
El artículo 2 del Convenio contempla varias defi niciones, entre
las que se incluye la defi nición de la Propiedad Intelectual refi riéndose
a los derechos relativos a:
“- Obras literarias, artísticas y científi cas
M.A. HELENA CAROLINA MACHADO CARBALLO
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