TABLA 04
DEFINICIONES
LPI
LEY DE PATENTES
INVENCIÓN
“Toda creación humana que permita
transformar la materia o la energía que existe
en la naturaleza, para su aprovechamiento
por el hombre y satisfacer sus necesidades
concretas”.
“Es una creación aplicable en la
práctica para la solución de un
problema técnico. Podrá ser un producto
o un procedimiento, o estar relacionado
con ellos”.
PATENTE
“El título otorgado por el Estado que ampara
el derecho del inventor o del titular con respecto
a una invención, cuyos efectos y alcance están
determinados por esta ley”.
“Es el derecho exclusivo que otorga
el Estado para la protección de un
invento”.
MODELO DE
UTILIDAD
“Toda mejora o innovación en la forma,
confi
guración o disposición de elementos
de algún objeto, o de una parte del mismo,
que le proporcione algún efecto técnico en su
fabricación, funcionamiento o uso”.
“Toda forma, confi
guración o
disposición de elementos de algún
artefacto, herramienta, instrumento,
mecanismo u otro objeto, o de alguna
parte del mismo, que permita un mejor
o diferente funcionamiento, utilización
o fabricación del objeto que lo incorpora,
o que le proporcione alguna utilidad,
ventaja o efecto técnico que antes no
tenía”.
DIBUJO
INDUSTRIAL
“Toda combinación de fi guras, líneas o colores,
que se incorporen a un producto industrial o
artesanal, con fi nes de ornamentación y que le
den una apariencia particular y propia”.
“toda reunión de líneas o de colores”.
DISEÑO O
MODELO
INDUSTRIAL
Modelo industrial es “toda forma
tridimensional, que sirva de tipo o patrón para
la fabricación de un producto industrial, que
le de un aspecto especial y que no tenga fi nes
funcionales técnicos”.
Nota: Los diseños industriales
comprenden los dibujos y modelos
industriales.
Diseño industrial o modelo
industrial es “toda forma plástica,
asociada o no a líneas o colores, que
puedan aplicarse a un producto
industrial o de artesanía, siempre que
den una apariencia especial a dicho
producto y puedan servir de tipo o
patrón para su fabricación”.
∗ Recursos: El artículo 13 de la LPI contempla que contra
las resoluciones del Registro puede interponerse el recurso
de revocatoria, que debe tramitarse de conformidad con lo
establecido en la Ley de lo Contencioso Administrativo.
∗ Disposiciones relativas a marcas: El capítulo I del Título II
está dedicado a la regulación de las marcas. Entre las normas se
encuentran las siguientes:
M.A. HELENA CAROLINA MACHADO CARBALLO
57