• En cuanto a las denominaciones de origen, la LPI especifi ca que 

las cualidades o características del producto se deben al medio 
donde se produce.

TABLA 03

DEFINICIONES

LPI

CONVENIO 

CENTROAMERICANO

MARCA

Todo signo denominativo, fi gurativo, 
mixto, tridimensional, olfativo, sonoro 
o mixto, que sea apto para distinguir los 
productos o servicios de otros similares en 
el mercado, de una persona individual o 
jurídica, de los de otra y que pueda ser 
objeto de una representación gráfi ca
”. 
Se incluyen además defi niciones 
de marca colectiva y marca de 
certifi cación.

Todo signo, palabra o combinación de 
palabras, o cualquier otro medio gráfi co o 
material, que por sus caracteres especiales 
es susceptible de distinguir claramente 
los productos, mercancías o servicios de 
una persona natural o jurídica, de los 
productos, mercancías o servicios de la 
misma especie o clase, pero de diferente 
titular
”. 

NOMBRE 

COMERCIAL

Un signo denominativo o mixto, con 
el que se identifi ca y distingue a una 
empresa, a un establecimiento o a una 
entidad
”. 

Es el nombre propio o de fantasía, la 
razón social o la denominación social 
con la cual se identifi ca una empresa o 
establecimiento
”. 

EXPRESIÓN 

O SEÑAL DE 

PROPAGANDA

Expresión o señal de publicidad: 
Toda leyenda, anuncio, frase, 
combinación de palabras, diseño, grabado 
o cualquier otro medio similar, siempre 
que sea original y característico, que se 
emplee con el fi n de atraer la atención 
de los consumidores o usuarios sobre uno 
o varios productos, servicios, empresas o 
establecimientos mercantiles
”. 

Toda leyenda, anuncio, frase, 
combinación de palabras, diseño, grabado 
o cualquier otro medio similar, siempre 
que sea original y característico, que se 
emplee con el fi n de atraer la atención 
de los consumidores o usuarios sobre 
un determinado producto, mercancía, 
servicio, empresa o establecimiento
”. 

COMPETENCIA 

DESLEAL

Se considera desleal todo acto que sea 
contrario a los usos y prácticas honestas 
del comercio realizado en toda actividad 
comercial e industrial
”.

Todo acto o hecho engañoso que se 
realice con la intención de aprovecharse 
indebidamente de las ventajas que 
otorgan las marcas, nombres comerciales 
y las expresiones o señales de propaganda 
en perjuicio del titular de las mismas o 
del público consumidor
”. 

INDICACIÓN DE 

PROCEDENCIA

Indicación geográfi ca:
Indicaciones que identifi can a un producto 
como originario de un país, o de una 
región, o una localidad de ese país, cuando 
determinada calidad, reputación u otra 
característica del producto sea imputable 
fundamentalmente a su origen
”. 

El nombre geográfi co de la localidad, 
región o país que se consigne o haga 
aparecer en alguna etiqueta, cubierta, 
envase, envoltura o precinto de cualquier 
mercancía, o directamente sobre la misma, 
como lugar de elaboración, recolección o 
extracción de ésta
”. 

M.A. HELENA CAROLINA MACHADO CARBALLO 

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