1. 1.A. Acuerdos multilaterales sobre el comercio de mercancías.

1.B. Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS).

1.C. Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad 

Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC) (Trade 
Related Aspects of Intellectual Property Rights
 –TRIPS–).

2. Entendimiento sobre solución de diferencias.

3. Mecanismo de examen de las políticas comerciales.

4. Acuerdos comerciales plurilaterales:

a. Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles

b. Acuerdo sobre Contratación Pública

c. Acuerdo Internacional de los Productos Lácteos

d. Acuerdo Internacional de la Carne de Bovino.

Fue la mayor negociación comercial que haya existido jamás y, muy 

probablemente, la negociación de mayor envergadura de cualquier 
género en la historia de la humanidad. En algunos momentos pareció 
condenada al fracaso, pero fi nalmente la Ronda Uruguay dio origen a 
la mayor reforma del sistema mundial de comercio desde la creación 
del GATT al fi nal de la Segunda Guerra Mundial.

El Acuerdo OMC sobre Propiedad Intelectual (ADPIC) consiste 

básicamente en una serie de normas que rigen el comercio y las 
inversiones en la esfera de las ideas y de la creatividad. Esas normas 
establecen cómo se deben proteger en los intercambios comerciales 
el derecho de autor, las patentes, las marcas de fábrica y de comercio, 
las indicaciones geográfi cas utilizadas para identifi car a los productos, 
los dibujos y modelos industriales, los esquemas de trazado de los 
circuitos integrados y la información no divulgada (por ejemplo, los 
secretos comerciales).

LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN GUATEMALA Y SU VINCULACIÓN A LOS TRATADOS INTERNACIONALES 

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