de propiedad intelectual como consecuencia de la falta de legislación
adecuada en los demás países; (b) la necesidad de balancear su
participación en el espacio comercial internacional; (c) determinar el
nivel de efectividad del sistema internacional de protección vigente
para esta materia.
“[Esta]
relación de la protección de la propiedad intelectual con el comercio
multilateral ya fue reconocida en la Rueda de Tokio del GATT, que tuvo
lugar en 1973-1979, en la que se llevó a cabo un intento de aprobar un
Código Anti-falsifi cación (Anti-Counterfeit Code). El propósito era evitar
el comercio transfronterizo de productos de marca falsifi cados y la piratería
de obras protegidas por derechos de autor. Aunque no se alcanzó ningún
acuerdo, los esfuerzos para crear una base legal para un procedimiento
conjunto fueron continuados hasta 1984”.
211
No obstante el interés de los Estados Unidos y de otros países
desarrollados, la propuesta no recibió el apoyo esperado, y en la
reunión ministerial de 1982:
“Los Ministros del Grupo de los 77 (grupo de países en desarrollo)
declararon que el involucramiento del GATT en tales temas no solamente
iría en detrimento de los intereses de los países en desarrollo en los mercados
internacionales sino que amenazaría los esfuerzos dirigidos a reformar
el GATT para adaptarlo más a las necesidades e intereses de los países
en desarrollo [...] Sin embargo, el tema de la propiedad intelectual fue
introducido en la agenda aprobada por los Ministros al lanzar la Ronda de
Uruguay”.
212
“El Comité Preparatorio de la Rueda Uruguay consideró propuestas de
Brasil y Argentina (que excluían el tema de la propiedad intelectual) y
un texto de compromiso elaborado por Colombia y Suiza, en nombre de
cuarenta delegaciones, que constituyó la base de la declaración ministerial
211 Asociación Interamericana de la Propiedad Industrial -Asipi-, Derechos intelectuales,
Argentina, Editorial Astrea, 1991, p. 17.
212 Palacios, Marco Antonio y Antequera Hernández, Ricardo, op. cit., nota 102, p. 46.
LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN GUATEMALA Y SU VINCULACIÓN A LOS TRATADOS INTERNACIONALES
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