no estaban obligados a cumplir con lo establecido en la Convención
de Roma, sino únicamente en cuanto se refi ere a las disposiciones
contenidas en dicho tratado.
162
Actualmente este tratado cuenta con 62 Estados parte.
4.2.5.1. Estructura del Tratado
• Preámbulo: en el que se establecen los objetivos del tratado y se
reconoce el impacto que el desarrollo y la tecnología han tenido en
la producción y utilización de las interpretaciones o ejecuciones y
los fonogramas.
• Disposiciones sustantivas: artículos 1 al 23.
• Disposiciones administrativas y fi nales: artículos 24 al 33.
4.2.5.2. Principales disposiciones
• Cláusula
de
salvaguarda: Este tratado también contempla una
cláusula de salvaguarda en el sentido que:
“ninguna disposición del presente Tratado irá en detrimento de las obligaciones
que las Partes Contratantes tienen entre sí en virtud de la Convención
Internacional sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, de los
productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión”.
163
Asimismo:
“la protección concedida en virtud del presente Tratado dejará intacta y no
afectará en modo alguno a la protección del derecho de autor en las obras
162 Ofi cina Internacional de la OMPI, “El Tratado de la OMPI sobre Interpretación o
Ejecución y Fonogramas”, Curso Académico Regional de la OMPI sobre Derecho de Autor y
Derechos Conexos para Países de América Latina, Guatemala, 1999.
163 Artículo 1 (1).
M.A. HELENA CAROLINA MACHADO CARBALLO
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