• ayudar a los países en desarrollo con las cuestiones de política 

comercial, prestándoles asistencia técnica y organizando 
programas de formación; y, 

• cooperar con otras organizaciones internacionales.

111

LA OMC es importante para efectos de la presente investigación, 

puesto que entre los anexos del Acuerdo de Marrakech se encuentra 
el 1C, que es el ADPIC, que: 

 “consiste básicamente en una serie de normas que rigen el comercio y 

las inversiones en la esfera de las ideas y de la creatividad. Esas normas 
establecen cómo se deben proteger en los intercambios comerciales el derecho 
de autor, las patentes, las marcas de fábrica y de comercio, las indicaciones 
geográfi cas utilizadas para identifi car a los productos, los dibujos y modelos 
industriales, los esquemas de trazado de los circuitos integrados y la 
información no divulgada, por ejemplo, los secretos comerciales
”.

112

Aunque el ADPIC no es administrado por la OMPI, por tratarse, 

como ya se mencionó, de un anexo al acuerdo que crea la OMC, es un 
instrumento de particular importancia a nivel internacional, puesto 
que es el único que contempla normas referentes a todos los derechos 
de propiedad intelectual, que para efecto del presente trabajo se 
agruparon en propiedad industrial y derecho de autor (incluyendo a 
los derechos conexos). Por lo tanto, se tratará el mismo en un apartado 
específi co.

111 http://www.wto.org. Fecha de Consulta: 01 marzo 2008. 20:35 hrs.
112 Idem

LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN GUATEMALA Y SU VINCULACIÓN A LOS TRATADOS INTERNACIONALES 

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