característica más importante de la propiedad es que el titular de la misma
pueda utilizarla como lo desee; nadie más puede hacer uso legítimo de su
propiedad sin su autorización [...] la propiedad intelectual, protege las
creaciones de la mente humana, del intelecto humano”.
97
Según explica el doctor Delgado Porras:
“La expresión ‘propiedad intelectual’, tal como se utiliza actualmente, viene
a signifi car el marco jurídico en el que se integran las normas protectoras de
ciertos resultados del trabajo intelectual y del orden que ha de guardar la
actividad económica a la que esos resultados están destinados”.
98
En ese sentido, con este término se alude:
“a un espacio jurídico en el que, además de las disposiciones reguladoras
de esos derechos, se encuentran otras (que otorgan o no derechos subjetivos)
que disciplinan la actividad económica en que tales derechos inciden y en el
plano de la misma en que se produce esa incidencia: en el de la competencia
económica”.
99
El doctor Antequera Parilli indica que, en un sentido amplio, puede
defi nirse a la propiedad intelectual “como el área jurídica que contempla
sistemas de protección para los bienes inmateriales, de carácter intelectual y de
contenido creativo, así como de sus actividades afi nes o conexas”.
100
La expresión propiedad intelectual ha sido utilizada en distintos
sentidos en los sistemas legislativos, pues mientras en algunos
países con este término se hace alusión a la protección específi ca del
97 Ofi cina Internacional de la OMPI, “La protección internacional del derecho de autor
y de los derechos conexos”, Curso Académico Regional de la OMPI sobre Derecho de Autor
y Derechos Conexos para países de América Latina, Guatemala, 1999, p. 3.
98 Delgado Porras, Antonio, “Propiedad intelectual, derecho de autor y derechos
conexos: nociones generales”, Curso Académico Regional de la OMPI sobre Derecho de
Autor y Derechos Conexos para Países de América Latina, Guatemala, 1999, p. 2.
99
Idem.
100 Antequera Parilli, Ricardo, Derecho de autor, Caracas, Editorial Venezolana, 1998, Tomo
I, p. 37.
LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN GUATEMALA Y SU VINCULACIÓN A LOS TRATADOS INTERNACIONALES
36