Esta fase:
“está compuesta por las manifestaciones de voluntad de los representantes de
los Estados que quieren celebrar un tratado. Por medio de tales manifestaciones
exteriorizan sus respectivos intereses y posiciones. También puede decirse
que la negociación abarca todas las propuestas, contrapropuestas, discusiones
acerca de los temas de interés para las partes contratantes”.
79
“La negociación de los tratados bilaterales se realiza por la vía diplomática
o por plenipotenciarios designados por ambos países [...] Los tratados
multilaterales se negocian y adoptan en Conferencias Internacionales
de plenipotenciarios, especialmente convocadas, o por un órgano de una
organización internacional”.
80
Esta fase del tratado no se encuentra contemplada específi camente
en la Convención de Viena; pero básicamente se refi ere a la fase previa
a la adopción del tratado, donde los sujetos intercambian propuestas
sobre el posible texto del instrumento a fi n de llegar a un consenso
que represente los intereses de todos los involucrados.
1.7.2. ADOPCIÓN DEL TEXTO: “Consiste en la manifestación de que
el texto adoptado es simplemente el convenido. La adopción no vincula por sí
misma a los Estados respecto del Tratado”.
81
“Una vez negociado el Tratado se adopta como defi nitivo [...] En la
actualidad los tratados bilaterales se adoptan por unanimidad y los
multilaterales, según lo dispongan los Estados parte, y a falta de acuerdo, por
las dos terceras partes presentes y votantes (art. 9 Convención de Viena)”.
82
1.7.3. AUTENTICACIÓN DEL TEXTO: “Signifi ca que el texto del
Tratado quedará establecido como auténtico y defi nitivo. Las operaciones de
79
Hoyos Muñoz, José, op. cit., nota 55, p. 141.
80 Benadava,
Santiago,
op. cit., nota 67, p. 38.
81
Díez de Velasco Vallejo, Manuel, op. cit., nota 16, p. 147.
82
Ortiz Ahlf, Loretta, op. cit., nota 2, p. 18.
LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN GUATEMALA Y SU VINCULACIÓN A LOS TRATADOS INTERNACIONALES
30