∗ PACTO: “Acuerdo obligatorio de voluntades. Lo así convenido. 

Convención jurídica desprovista de acción judicial. Contrato. Tratado 
internacional
”.

42

 “Es un instrumento jurídico que indica alianza, la cual 

persigue diversos objetivos”.

43

∗ PROTOCOLO: “Es un instrumento jurídico que no tiene existencia 

propia y que enmienda ciertos aspectos de un tratado principal y puede 
referirse a una ampliación de un tratado, constituir un reglamento para 
la operatividad de un tratado, un instrumento de recapitulación sobre lo 
expresado en la negociación del tratado principal, etc.
”.

44

∗ TRATADO: “En Derecho Internacional, por tratado se entiende, en 

sentido amplio, todo acuerdo entre varios Estados concerniente a asuntos 
políticos o económicos, sea cualquiera la forma, y la importancia. Pero, 
estrictamente, se entiende por tratado el acuerdo solemne sobre un conjunto 
de problemas o asuntos de importancia considerable; y que se contrapone 
a las declaraciones, notas, protocolos y otras fuentes de convenciones de 
trascendencia menor
”.

45

1.4. CLASIFICACIÓN DE TRATADOS

Son innumerables las clasifi caciones que doctrinariamente se 

han vertido respecto a los tratados, atendiendo en cada una de ellas, 
a distintos elementos. A continuación, se mencionan las clases más 
importantes:

1.4.1. Atendiendo al número de partes contratantes: Pueden ser 
bilaterales y multilaterales. 

Bilaterales serían “los concertados entre dos o más sujetos internacionales”.

46

 

Estos también son llamados bipartitos.

42 Cabanellas, 

Guillermo, 

op. cit., nota 35, tomo V, p. 5.

43 

Ibidem, p. 90. 

44 

Larios Ochaita, Carlos, op. cit., p. 89.

45 Cabanellas, 

Guillermo, 

op. cit., nota 35, tomo VI, p. 518.

46 

Díez de Velasco Vallejo, Manuel, op. cit., nota 16, p. 145.

LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN GUATEMALA Y SU VINCULACIÓN A LOS TRATADOS INTERNACIONALES 

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