º Descripción: que consiste en divulgar la invención de una
manera sufi cientemente clara y completa para que pueda ser
realizada por un experto en la materia.
º
Reivindicaciones: que deben defi nir el objeto cuya protección
se solicita. Deben ser claras y concisas y fundarse enteramente
en la descripción.
º Dibujos: solamente se requiere la presentación obligatoria
de dibujos cuando sean necesarios para comprender la
invención. La presentación de los mismos es optativa cuando
la invención es de tal naturaleza que pueda ser ilustrada por
medio de dibujos, incluso cuando estos no sean necesarios
para la comprensión de aquella.
º Resumen: sirve únicamente para información técnica y
no puede tenerse en cuenta para ningún otro fi n ni para
interpretar el alcance de la protección solicitada.
Esta solicitud internacional puede, además, contener una
declaración que reivindique la prioridad de una o más solicitudes
anteriores que hayan sido presentadas en cualquier país parte del
Convenio de París.
La solicitud se presenta en la ofi cina receptora designada en
cada país de la Unión, quien la revisará y tramitará de conformidad
con lo establecido en el Tratado. Para tal efecto, la ofi cina receptora
conservará un ejemplar de la solicitud y transmitirá otro ejemplar a la
Ofi cina Internacional y un ejemplar adicional a la Administración de
Búsqueda Internacional. Cada solicitud internacional será objeto de
una búsqueda internacional que tiene por fi nalidad describir el estado
de la técnica pertinente. Esta búsqueda se realiza sobre la base de las
reivindicaciones, teniendo en cuenta la descripción y los dibujos, si
los hubiere. La búsqueda internacional debe ser realizada por una
Administración encargada de búsqueda internacional, que puede ser
M.A. HELENA CAROLINA MACHADO CARBALLO
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