º Descripción: que consiste en divulgar la invención de una 

manera sufi cientemente clara y completa para que pueda ser 
realizada por un experto en la materia.

º 

Reivindicaciones: que deben defi nir el objeto cuya protección 
se solicita. Deben ser claras y concisas y fundarse enteramente 
en la descripción.

º Dibujos: solamente se requiere la presentación obligatoria 

de dibujos cuando sean necesarios para comprender la 
invención. La presentación de los mismos es optativa cuando 
la invención es de tal naturaleza que pueda ser ilustrada por 
medio de dibujos, incluso cuando estos no sean necesarios 
para la comprensión de aquella.

º Resumen: sirve únicamente para información técnica y 

no puede tenerse en cuenta para ningún otro fi n ni para 
interpretar el alcance de la protección solicitada.

Esta solicitud internacional puede, además, contener una 

declaración que reivindique la prioridad de una o más solicitudes 
anteriores que hayan sido presentadas en cualquier país parte del 
Convenio de París.

La solicitud se presenta en la ofi cina receptora designada en 

cada país de la Unión, quien la revisará y tramitará de conformidad 
con lo establecido en el Tratado. Para tal efecto, la ofi cina receptora 
conservará un ejemplar de la solicitud y transmitirá otro ejemplar a la 
Ofi cina Internacional y un ejemplar adicional a la Administración de 
Búsqueda Internacional. Cada solicitud internacional será objeto de 
una búsqueda internacional que tiene por fi nalidad describir el estado 
de la técnica pertinente. Esta búsqueda se realiza sobre la base de las 
reivindicaciones, teniendo en cuenta la descripción y los dibujos, si 
los hubiere. La búsqueda internacional debe ser realizada por una 
Administración encargada de búsqueda internacional, que puede ser 

M.A. HELENA CAROLINA MACHADO CARBALLO 

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