B. Funciones establecidas en el artículo 38 del Reglamento 

de la Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural

203

 

IV. FUNCIONES

Artículo 38. Atribuciones de la 
Presidencia.

COMPETENCIAS

a) Convocar y coordinar a las sesiones, 

ordinarias y extraordinarias del 
Consejo.

• Capacidad de convocatoria 
• Liderazgo
• Prudencia 
• Templanza 
• Iniciativa
• Efi ciencia 
• Efi cacia 
• Pensamiento analítico 
• Di

s

creción 

• Imparcialidad 
• Veracidad 
• Vocación de servicio 
• Relaciones humanas 
• Trabajo en equipo 
• Capacidad para establecer buenas relaciones 

interpersonales 

• Capacidad directiva 
• Capacidad de organización 
• Habilidad de comunicación. 

203 Congreso de la República de Guatemala, Reglamento de la Ley de los Consejos de Desarrollo 

Urbano y Rural, op. cit., artículo 38. 

Continúa…

LICDA. DIANA IRASEMA FERNÁNDEZ ROCA 

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