B. Funciones establecidas en el artículo 38 del Reglamento
de la Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural
203
IV. FUNCIONES
Artículo 38. Atribuciones de la
Presidencia.
COMPETENCIAS
a) Convocar y coordinar a las sesiones,
ordinarias y extraordinarias del
Consejo.
• Capacidad de convocatoria
• Liderazgo
• Prudencia
• Templanza
• Iniciativa
• Efi ciencia
• Efi cacia
• Pensamiento analítico
• Di
s
creción
• Imparcialidad
• Veracidad
• Vocación de servicio
• Relaciones humanas
• Trabajo en equipo
• Capacidad para establecer buenas relaciones
interpersonales
• Capacidad directiva
• Capacidad de organización
• Habilidad de comunicación.
203 Congreso de la República de Guatemala, Reglamento de la Ley de los Consejos de Desarrollo
Urbano y Rural, op. cit., artículo 38.
Continúa…
LICDA. DIANA IRASEMA FERNÁNDEZ ROCA
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