IV. FUNCIONES
Artículo 47. Atribuciones de los
gobernadores departamentales.
COMPETENCIAS
j) Desempeñar las funciones del
ramo del interior que expresamente
delegue en los gobernadores el
Ministro de Gobernación.
• Efi ciencia
• Efi cacia
• Transparencia
• Diligencia
• Obediencia
• Respeto
• Integridad
• Compromiso ético y profesional
• Idoneidad
• Conocimientos de administración pública
• Actuación conforme a la ley
• Capacidad de decisión
• Capacidad de adaptación
• Vocación de servicio
• Sentido de compromiso
• Trabajo en equipo
• Capacidad para establecer buenas relaciones
interpersonales
• Compromiso ético y profesional
• Conocimientos de administración pública.
k) Dentro de los límites de su
competencia, atender y resolver los
trámites administrativos.
• Probidad
• Imparcialidad
• Efi cacia
• Efi ciencia
• Compromiso ético y profesional
• Honorabilidad
• Integridad
• Capacidad de administración
• Conocimientos de administración pública
• Compromiso con el respeto a los Derechos
Humanos
• Justicia
• Iniciativa
• Vocación de servicio
• Sentido de compromiso
• Capacidad para establecer buenas relaciones
interpersonales
• Vocación conciliatoria para la solución de
confl ictos y negociación
• Habilidad de comunicación efectiva
• Actuación conforme a la ley
• Capacidad innovadora
• Capacidad de decisión
• Pensamiento analítico
• Capacidad propositiva.
Continúa…
LICDA. DIANA IRASEMA FERNÁNDEZ ROCA
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