IV. FUNCIONES
Artículo 47. Atribuciones de los
gobernadores departamentales.
COMPETENCIAS
h) Nombrar y remover a funcionarios
y empleados de la gobernación
departamental, así como
administrar sus recursos humanos,
conforme a la Ley de Servicio Civil.
Deberá emitir los instrumentos
técnicos y normativos internos
que aseguren la efi ciente y efi caz
administración de la gobernación
departamental.
• Gobernanza
• Probidad
• Justicia
• Imparcialidad
• Abstención de nepotismo y tráfi co de infl uencias
• Idoneidad
• Responsabilidad
• Capacidad mediante conocimientos de
administración de recursos humanos
• Capacidad de organización
• Liderazgo
• Actuación conforme a la ley
• Compromiso ético y profesional
• Capacidad de decisión
• Capacidad de promoción de las personas
• Sentido de compromiso.
i) Requerir y contratar las asesorías
específi cas necesarias para el mejor
cumplimiento de sus funciones.
• Gobernanza
• Probidad
• Justicia
• Imparcialidad
• Abstención de nepotismo y tráfi co de infl uencias
• Idoneidad
• Responsabilidad
• Compromiso ético y profesional
• Capacidad de administración
• Conocimientos de administración pública
• Actuación conforme a la ley
• Capacidad de decisión
• Capacidad de organización
• Capacidad de promoción de las personas
• Capacidad de análisis
• Capacidad de comunicación
• Capacidad de integración.
Continúa…
PERFIL DEL GOBERNADOR DEPARTAMENTAL
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