IV. FUNCIONES

Artículo 47. Atribuciones de los 
gobernadores departamentales.

COMPETENCIAS

h) Nombrar y remover a funcionarios 

y empleados de la gobernación 
departamental, así como 
administrar sus recursos humanos, 
conforme a la Ley de Servicio Civil. 
Deberá emitir los instrumentos 
técnicos y normativos internos 
que aseguren la efi ciente y efi caz 
administración de la gobernación 
departamental.

• Gobernanza 
• Probidad 
• Justicia 
• Imparcialidad
• Abstención de nepotismo y tráfi co de infl uencias 
• Idoneidad 
• Responsabilidad 
• Capacidad mediante conocimientos de 

administración de recursos humanos

• Capacidad de organización 
• Liderazgo 
• Actuación conforme a la ley 
• Compromiso ético y profesional 
• Capacidad de decisión 
• Capacidad de promoción de las personas 
• Sentido de compromiso. 

i) Requerir y contratar las asesorías 

específi cas necesarias para el mejor 
cumplimiento de sus funciones.

• Gobernanza 
• Probidad 
• Justicia 
• Imparcialidad
• Abstención de nepotismo y tráfi co de infl uencias 
• Idoneidad 
• Responsabilidad 
• Compromiso ético y profesional 
• Capacidad de administración 
• Conocimientos de administración pública 
• Actuación conforme a la ley 
• Capacidad de decisión 
• Capacidad de organización 
• Capacidad de promoción de las personas 
• Capacidad de análisis 
• Capacidad de comunicación 
• Capacidad de integración. 

Continúa…

PERFIL DEL GOBERNADOR DEPARTAMENTAL 

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