prácticas, planes, códigos y costumbres que prevalecen en un momento y 
sitio determinados para la realización y ejecución de la política pública
”.

3

Por su parte, Juan Alfonso Santamaría Pastor aporta su comprensión 

sobre la administración pública, de la siguiente forma: “Administración 
Pública
 se entiende exclusivamente, el aparato orgánico al servicio del Gobierno o 
poder ejecutivo del Estado y de los restantes entes públicos territoriales
”.

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Un concepto más amplio defi ne la administración pública como el 

sistema de gobierno, sistema político o el conjunto de manifestaciones 
de conducta humana que determinan la forma como se asigna y ejerce 
la autoridad política y la atención de los intereses públicos; sin embargo, 
la administración pública además de su funcionamiento y sistema de 
órganos, tiene como elemento muy importante la participación de todos 
los ciudadanos, mediante el aporte de experiencias y conocimientos 
para que el sistema administrativo funcione en forma coordinada.

5

En este sentido, toda la actividad del Estado consiste en administrar 

el bien común, reservándose estrictamente la administración pública 
a la actividad que desarrolla un sector orgánico del Estado, el Poder 
Ejecutivo; en tanto que las actividades realizadas por los otros 
dos sectores orgánicos defi nidos por la construcción institucional 
de división de poderes, se limitan a determinado ámbito de la 
administración del bien común; el Poder Judicial, a la resolución de 
confl ictos jurídicos, y el Legislativo a la creación de normas.

6

 

La administración pública, en la actividad que desarrolla, como en 

sus relaciones con los administrados y en su organización y estructura 

Leonard de White citado por Samayoa Palacios, José Luis, “La administración pública”, 
en: Ballbé, Manuel y Franch, Marta (dirs.), Manual de derecho administrativo: una 
perspectiva desde los ordenamientos jurídicos de Guatemala y España, 
Barcelona, Universitat 
Autónoma de Barcelona/AECI, 2002, p. 109. 

Santamaría Pastor, Juan Alfonso, Fundamentos de derecho administrativo 1, Madrid, 
Centro de Estudios Ramón Areces, 1991, p. 39. 

Cfr. Samayoa, José Luis, op. cit., p. 109. 

Cfr. Barra, Rodolfo Carlos, op. cit., p. 226. 

PERFIL DEL GOBERNADOR DEPARTAMENTAL 

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