44
Comisión Nacional para el Seguimiento y Apoyo al Fortalecimiento de la Justicia
5. CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
La concepción del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social de Guatemala,
División de Asistencia Social define a la contaminación como: “La presencia en el
Medio Ambiente de uno o más contaminantes, o cualquier combinación de ellos, que
perjudiquen o molesten la vida, la salud y el bienestar humano, la flora y la fauna o
degraden la calidad del aire, agua, de la tierra, de los bienes, de los recursos de la
Nación en general”.
Para Allby citado por Edna Rossana Martínez indica que contaminación significa:
“Alteración directa o indirecta de las propiedades radiactivas, biológicas, térmicas o
físicas de una parte cualquiera del medio ambiente que puede crear un efecto nocivo o
potencialmente nocivo para la salud, supervivencia o bienestar de cualquier especie
viva”.
27
Para Silvia Jaquenod de Zsogon, la contaminación ambiental “Alude a la adición de
cualquier tipo de energía o de materia residual al entorno, porque por su sola presencia
o actividad, provoca directa o indirectamente, en el corto, mediano o largo plazo, y de
forma reversible o irreversible, pérdida de la calidad en las características y condiciones
generales del ambiente.”
28
Para la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, en su Artículo 13,
el medio ambiente comprende: “Los sistemas atmosféricos, (aire); hídrico (agua);
lítico (rocas y minerales); edáfico (suelos); biótico (animales y plantas); elementos
audiovisuales y recursos naturales y culturales.”
29
En conclusión podemos definir a la Contaminación Ambiental como todo cambio dañino,
nocivo irreversible en el aire, agua, suelo, flora, fauna que modifique el bienestar de
todos los habitantes del planeta tierra.
27
Martínez Solórzano, Edna Rossana, Ibid., Pág. 13.
28
Jaquenod de Zsogon, Silvia.Iniciación al Derecho Ambiental. Madrid, España: Ed. Dykinson, 1996. Pág. 27.
29
Congreso de la República de Guatemala. Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente Decreto 68-86.