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Comisión Nacional para el Seguimiento y Apoyo al Fortalecimiento de la Justicia
y equilibrio ecológico. El Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio
nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que
prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. Se dictarán
todas las normas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento
de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se realicen racionalmente, evitando
su depredación”, en la legislación del país de manera especial desencadenando la
corriente ambientalista jurídica en Guatemala, y su efecto en las leyes que regulan el
aprovechamiento de recursos naturales renovables y no renovables.
REFERENCIAS
1. Bibliográficas
1.1. Manual de Legislación Ambiental IDEADS 2008
1.2. Grado de cumplimiento de los tratados ambientales internacionales por
parte de la República de Guatemala. IDEADS/RODA, Tercera edición,
Ciudad de Guatemala diciembre de 2008;
1.3. Instituto de Derecho Ambiental Y Derecho Sustentable (IDEADS). Manual
de Legislación Ambiental de Guatemala. Litografía JB. Quinta Edición,
Guatemala 2008;
2. Normativas
2.1. Constitución Política de la República de 1986 (Reformado por acuerdo
Legislativo No. 18-93 del 17 de Noviembre de 1993) Ediciones Superiores..
2.2. Constituciones de los países mencionados
2.3. Ley de Áreas Protegidas (Decreto Legislativo No. 4-89 y sus Reformas) y
Reglamento.
2.4. Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente (Decreto
Legislativo No.68-86) y Reglamentos.
2.5. Ley Forestal (Decreto Legislativo No. 101-96) y Reglamentos.
2.6. Ley General de Caza (Decreto No. 36-04) y Reglamento.
2.7. Ley de Pesca (Decreto No. 80 2002) y Reglamento.