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Revista Eutopía, año 3, núm. 5, enero-junio 2018, pp. 49-79, ISSN 2617-037X

Cuadro 1. Corrientes teóricas de la migración no autorizada en Estados Unidos

Autores 

que la 

sostienen

Migration Policy 

Institute

Saskia Sassen

Aviva Chomsky, 

Nicholas De 

Genova

Yasemin Soysal, 

Linda Bosniak, 

Cecilia Menjívar, 

Susan B. Coutin

La 

condición 

de 

legalidad

Se tiene o no se 

tiene.

El Estado la 

otorga o la niega.

Se tiene o no se tiene.

El Estado la otorga o 

la niega.

Se tiene o no se 

tiene.

El Estado la 

otorga o la niega.

No es un asunto de 

todo o nada.

La construyen entre 

el Estado, la sociedad 

de acogida y los 

inmigrantes.

Causa de la 

ilegalidad

El Estado ha 

perdido el control 

de los mercados 

laborales.

La migración 

no autorizada 

no se regula 

con políticas 

migratorias y 

controles, sino 

con políticas 

laborales.

El Estado ha perdido 

el control de la 

soberanía e intenta 

la renacionalización 

de las políticas 

migratorias.

El Estado no 

ha adecuado sus 

políticas migratorias, 

laborales y 

comerciales a los 

flujos laborales 

globalizados y a 

los efectos de la 

geopolítica.

El Estado tiene el 

control.

El Estado adecuó 

sus políticas 

al complejo 

ideológico de 

segregación 

racial, ampliando 

el ámbito de lo 

ilegal.

El Estado nunca ha 

tenido el control.

Hay un proceso 

conflictivo de 

adecuación entre las 

políticas estatales (no 

solo migratorias) y las 

demandas sociales.

Conse-

cuencias

Millones de 

indocumentados.

Millones de 

indocumentados.

Los 

indocumentados 

son explotados y 

no pueden ejercer 

sus derechos 

laborales.

Se abre un inmenso 

abanico de diversidad 

de estatus ante la 

sociedad que permite 

el ejercicio de unos 

derechos y niega el de 

otros.

Solución

Políticas laborales 

que desincentiven 

la migración no 

autorizada.

Tratados bilaterales 

y multilaterales para 

legislar lo globalizado 

y garantizar los 

derechos humanos.

Abandonar el 

sesgo racista 

y segregador 

de las políticas 

migratorias.

No se plantean que 

estemos ante un 

fenómeno que hay 

que reparar, sino 

ante diversas formas 

de membresía en un 

Estado nación.

Fuente: elaboración propia, 2017. 

El ingreso y la permanencia de los migrantes ya no son actos con una 
condición intrínseca de legalidad, a los que el Estado les impone una 
etiqueta externa y arbitraria de ilegalidad; son actos que nacieron no 
autorizados. A eso me refiero cuando digo que la verdad longitudinal no es 
una verdad puntual: la primera trata de cómo se produce la ilegalización,