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Revista Eutopía, año 3, núm. 5, enero-junio 2018, pp. 49-79, ISSN 2617-037X
financieros, para los que se establecen zonas libres de impuestos, procesos 
productivos desmembrados en varios países y subcontrataciones flexibles 
en ultramar
12
.
Los trabajadores no se han podido beneficiar porque son tratados con 
otro rasero. Carecen de ciudadanía económica. Este dualismo plantea 
un problema a la presunción de equidad del Estado liberal: la existencia 
de dos regímenes diferentes de circulación de capital y de circulación 
de migrantes, así como de dos regímenes de protección de derechos 
humanos y de protección de soberanía estatal, que plantea exigencias que 
no pueden ser satisfechas por medio de las viejas reglas del juego
13
. Por
eso tenemos organismos supranacionales que, con sus normativas, limitan 
la soberanía y la autonomía de los Estados modernos e iniciativas de 
desregularización que expresan un declive del Estado
14
. Eso no significa
que el Estado nación esté desapareciendo, pues ha sido y sigue siendo 
una plataforma de la globalización. Significa, sin embargo, que el Estado 
nación puede tener el poder de escribir el texto de una política migratoria, 
pero lo más probable es que terminará tratando con procesos complejos y 
transnacionales, que solo podrá parcialmente conducir o regular mediante 
lo que convencionalmente entendemos como políticas migratorias
15
.
Cada país experimenta esta complejidad de diferente forma. En el caso 
particular de Estados Unidos, hubo relativos niveles de apertura con 
sucesivas legislaciones: los Acuerdos de Helsinki, de 1975, requirieron que 
las barreras a la libre movilidad de personas e ideas fueran disminuidas; 
la Foreign Relations Authorization Act, de 1977; la enmienda Moynihan-
Frank, de 1987; y la Ley de Refugiados de 1980
16
.
Sassen afirma que existía una transnacionalización de facto de la política 
migratoria, visible en el recurso, cada vez más frecuente, de los jueces de 
inmigración a los instrumentos legales internacionales para resolver casos 
de refugio y migración; la formación de un régimen privatizado para la 
circulación de trabajadores en el sector servicios; y la extensa colaboración 
12 ibid., XIII-XIV y 8-9.
13 ibid., XVI.
14 ibid., 13-14 y 29.
15 ibid., 75.
16 ibid., 68-69.