33
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y
exploRando
posibilidades
de
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RuptuRa
epistémica
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ónica
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azaRiegos
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odas
Revista Eutopía, año 3, núm. 5, enero-junio 2018, pp. 3-47, ISSN 2617-037X
En Guatemala se reconoce la iniciativa de reforma constitucional al pueblo,
mediante petición al Congreso por no menos de cinco mil personas
empadronadas
77
. Para reformar lo relativo a derechos individuales, se
prevé la convocatoria a una asamblea nacional constituyente, con el voto
de las dos terceras partes de diputados. Para participar en ella, se deben
cumplir los mismos requisitos que para elegir diputados al Congreso, esto
es, entre otros, mediante un partido político. Para cualquier otra reforma
es necesaria la aprobación con el voto de las dos terceras partes de los
diputados y la ratificación en consulta popular
78
.
No se prevé una asamblea constituyente originaria y, más bien, el artículo
281 declara inmodificables, «pétreas», una serie de normas que se refieren a
asuntos como: el carácter republicano del Estado, el modelo de democracia
representativa, la soberanía popular y su delegación en los poderes, la
separación de poderes, la facultad del Congreso de desconocer al presidente
si, habiendo vencido su período continúa en el ejercicio del cargo, las
prohibiciones para los cargos de presidente y vicepresidente, y la prohibición
de reelección
79
. Los candados a ciertas reformas de fondo son claros y
muestran la paradoja de que la mayor dificultad para un proceso constituyente
radique en el mismo Estado. Como afirma Vay: «Hay una entrada pero no
encontrás dónde salir. La constitución es una casa sin salida»
80
.
La reforma a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) se considera
importante para algunas organizaciones sociales, por la necesidad de
fórmulas que democraticen los partidos y canalicen la participación en la
Asamblea Constituyente
81
. Sin embargo, las discusiones actuales han girado
en torno a una mirada meramente institucionalista, enfocada en reformas
que apuntan sobre todo a combatir la corrupción como motor del sistema
político. Asimismo, a partir del déficit de representación de la población
rural, indígena y de las mujeres, se han llevado al Congreso propuestas
77 Constitución Política de Guatemala, art. 277, inciso d).
78 ibid., arts. 277 a 280.
79 ibid., arts. 140, 141, 165 inciso g), 186 y 187.
80 Entrevista con Mauro Vay, del Comité de Desarrollo Campesino (Codeca), Ciudad de
Guatemala, 17 de noviembre de 2017.
81 Artículo 279.