33

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Revista Eutopía, año 3, núm. 5, enero-junio 2018, pp. 3-47, ISSN 2617-037X

En Guatemala se reconoce la iniciativa de reforma constitucional al pueblo, 
mediante petición al Congreso por no menos de cinco mil personas 
empadronadas

77

. Para reformar lo relativo a derechos individuales, se 

prevé la convocatoria a una asamblea nacional constituyente, con el voto 
de las dos terceras partes de diputados. Para participar en ella, se deben 
cumplir los mismos requisitos que para elegir diputados al Congreso, esto 
es, entre otros, mediante un partido político. Para cualquier otra reforma 
es necesaria la aprobación con el voto de las dos terceras partes de los 
diputados y la ratificación en consulta popular

78

No se prevé una asamblea constituyente originaria y, más bien, el artículo 
281 declara inmodificables, «pétreas», una serie de normas que se refieren a 
asuntos como: el carácter republicano del Estado, el modelo de democracia 
representativa, la soberanía popular y su delegación en los poderes, la 
separación de poderes, la facultad del Congreso de desconocer al presidente 
si, habiendo vencido su período continúa en el ejercicio del cargo, las 
prohibiciones para los cargos de presidente y vicepresidente, y la prohibición 
de reelección

79

. Los candados a ciertas reformas de fondo son claros y 

muestran la paradoja de que la mayor dificultad para un proceso constituyente 
radique en el mismo Estado. Como afirma Vay: «Hay una entrada pero no 
encontrás dónde salir. La constitución es una casa sin salida»

80

.

La reforma a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) se considera 
importante para algunas organizaciones sociales, por la necesidad de 
fórmulas que democraticen los partidos y canalicen la participación en la 
Asamblea Constituyente

81

. Sin embargo, las discusiones actuales han girado 

en torno a una mirada meramente institucionalista, enfocada en reformas 
que apuntan sobre todo a combatir la corrupción como motor del sistema 
político. Asimismo, a partir del déficit de representación de la población 
rural, indígena y de las mujeres, se han llevado al Congreso propuestas 

77 Constitución Política de Guatemala, art. 277, inciso d).

78 ibid., arts. 277 a 280.

79 ibid., arts. 140, 141, 165 inciso g), 186 y 187.

80 Entrevista con Mauro Vay, del Comité de Desarrollo Campesino (Codeca), Ciudad de 

Guatemala, 17 de noviembre de 2017.

81 Artículo 279.