Tradicionalmente la discusión de la Ley de Aguas ha partido de un documento ya preparado y 
en lenguaje estrictamente legal que hace difícil la discusión.  Para desarrollar este proceso 
de preparación de una ley de aguas se sugiere una discusión abierta de los temas de 
propiedad e institucionalidad, por separado, que formen un borrador preliminar de las 
figuras legales que podrían aplicarse.   Esta discusión debe ser lo más amplia posible e 
involucrar a todos los sectores que de alguna u otra manera estarán afectados por la ley.  

na vez resueltos los puntos de mayor conflicto empezar a discutir los temas colaterales 

asta llegar a una propuesta básica.  Esta deberá ser traducida a un formato legalmente 

forma

onsensuada por última vez con los sectores convocados a la discusión.   Un adecuado 

U
h

l, pasar la revisión de un grupo de abogados constitucionalistas y finalmente ser 

c
cabildeo con los partidos políticos y los congresistas durante todo el proceso es básico para 
lograr el objetivo final de aprobación de la ley. 
 
 

XI.  PROPUESTA INSTITUCIONAL PARA LA GESTION DEL AGUA 

 
Existen varias propuestas para el ente regulador o administrador del agua, con figuras 

iferentes como el Consejo Nacional del Agua, Comisión Nacional para el Desarrollo de los 

 regularlos.  La participación ciudadana y el fortalecimiento del 

oder local apoyan la descentralización perfilándose como una de las soluciones para 

s y a nivel local las decisiones de las unidades administrativas 

entro de las cuencas.     

n este documento se discutirá únicamente una sola figura del ente regulador, mismo que 

a de la Figura 1 

muestra la administración de agua, considerando tres niveles, en lo que podría ser el 
“Instituto Nacional del Agua”.  
 
 

d
Recursos Hídricos o el Instituto Nacional del Agua.   No importando cuál sea la figura legal 
seleccionada para administrar el agua se debe trabajar bajo los siguientes principios: 
separación de funciones, ente altamente técnico, participación multisectorial, autonomía, 
fortalecimiento del poder local y participación ciudadana, planificación y administración del 
agua en una estructura en tres niveles: nacional, regional y local.   
 
La separación de funciones es indispensable para la buena administración.  El ente regulador 
no debe prestar servicios en ningún sector, para poder ser un administrador imparcial.  Al 
asegurar que sea un ente altamente técnico se busca que exista una capacidad técnica en los 
diferentes niveles de la administración del agua para evitar que se tomen decisiones con 
base a coyunturas políticas que resten credibilidad a la institución.  Una participación 
multisectorial permite el equilibrio entre el sector público y privado y entre los diferentes 
usos.  La autonomía permitirá que el ente no dependa de alguno de los sectores usuarios y sea 
independiente para poder
p
canalizar adecuadamente las demandas sociales.  Finalmente la estructura de tres niveles 
que permite resolver problemas de acuerdo a su nivel de acción, a nivel nacional aquellos 
planteamientos de país y las relaciones con naciones vecinas, a nivel regional aquellos 
problemas de manejo de cuenca
d
 
E
deberá trabajar bajo los principios antes mencionados.  El organigram

 

20