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Facultad de Ciencias Políticas y Sociales
A la luz de los estándares internacionales y nacionales,
datos recogidos a través de instrumentos como las llamadas
«boletas de opinión pública» (caso Entre Ríos, Lanquín),
41
«encuestas y reuniones informativas» (caso Pojom II,
San Mateo Ixtatán),
42
«actas de anuencia» (en el caso
del Orégano) o «actividad de información del proyecto»,
«consulta pública» y la realización de «entrevistas familiares»
(caso Vega II)
43
tampoco pueden ser considerados como
Consulta a las comunidades. En primer término, por no ser
organizados y realizados por entidad alguna del Estado,
en segundo lugar, porque no se realizaron a pedido de las
comunidades (como establece el código municipal, la ley de
Consejos de Desarrollo o el Convenio 169).
Tales encuestas tienen, a lo sumo, un valor heurístico
general similar a un sondeo. Desde su diseño, dichos
instrumento registran sin mayor detalle, respuestas muy
lacónicas a preguntas como: si –la persona entrevistada–
está enterada del proyecto, si conoce las posibles ventajas,
desventajas y beneficios del proyecto o si conoce las
expectativas del mismo. Al final de esta sencilla encuesta
–muchas veces en castellano– se le pregunta si se está
de acuerdo o no con su implantación en el área. Algunas
preguntas, incluso, responden a un limitado diseño dicotómico
de respuesta (si/no). Otras tienen como antecedente una
jornada informativa –con datos muy generales– acerca de
las ventajas, desventajas, beneficios o impactos.
El análisis de contenido de tales encuestas, lleva a
afirmar que la información sobre los proyectos recibida por
41
Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, Digarn, «expediente 507-
08», Estudio de Evaluación de impacto ambiental hidroeléctrica Entre Ríos
(Guatemala, 2003, pp. 205-251).
42
Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, Digarn, «expediente 510-10»
Instrumento de Evaluación Ambiental Hidroeléctrica Pojom II (Guatemala,
2010, pp. 286-439).
43
Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, Digarn, «Expediente 542-10»,
Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental Proyecto Hidro Xacbal Delta
(Guatemala, 2010, pp. 535-868).