NATALIA GÓMEZ-CUEVAS
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REVISTA ACADÉMICA ECO (15) : 71-87, JULIO / DICIEMBRE 2016
Para cada generador i, los costos están denotados por c
it
(q
it
) los cuales ya incluyen el
costo de arranque y se asumen constantes en la hora en la cual se está dando el juego.
Definición 3. Máxima generación dado costo marginal y precio
La máxima cantidad de energía que una firma i puede generar, tal que su costo
marginal sea menor que el precio del mercado, se define como M
it
(p)=max { q
it
∈
U
it
:c
it
(q
it
)≤P }.
Definición 4. Generador marginal-fijador de precio y tomadores de precio
Dadas las estrategias (η
it
,η(-
it
) la demanda es tal que D
t
(ρ,ε)=Σ
i
q
it
y el precio P*
corresponde al PMS, un generador será marginal y fijador de precio si su estrategia
es η
it
(q
it
)=P*, donde q
it
será la cantidad marginal que llene la demanda y, por lo
tanto, los demás generadores j≠i serán tomadores de precio
20
.
Proposición 1.
La estrategia de todos los generadores que no son marginales es tal que η
jt
(q
jt
)=c
jt
(q
jt
)
∀ j≠i, i es marginal.
Prueba.
Asumir que existe un generador que ofrece un precio mayor a su costo marginal
η
kt
(q
kt
)=c
k
(q
kt
)+ω, ω > 0 y suficientemente pequeño
21
, y todos los demás
generadores ofrecen su costo marginal. Entonces dada la naturaleza del
despacho de carga, y asumiendo que c
1t
<...<c
kt
<...<c
nt
, entonces el generador
k no será convocado cuando le corresponda; sabiendo que no es marginal,
y que, por lo tanto, no podrá fijar el precio del mercado, no es óptimo este
desvío de su estrategia.
Además, como los generadores son individuos racionales, querrán optimizar
sus ganancias, lo que resulta en ofrecer toda la energía disponible tal que su
costo marginal sea menor o igual al precio resultante en el proceso de balance
del mercado.
20 Esto es congruente con una subasta de precio uniforme.
21 Dado que el AMM cuenta con los costos de generación de cada competidor, una estrategia donde
se ofrezca un precio que esté muy por encima de su costo, llamaría la atención del AMM, quien podría
sancionar al generador en cuestión (Ley General de Electricidad, Título V).