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en todos lados. Desde las ciudades más capitalistas
a las más socialistas lo hacen. En el mundo capita-
lista, hay sistemas impositivos o regulaciones o
incentivos que orientan el uso y la tenencia de la
tierra. La propiedad privada es un sistema para el
uso del territorio del Estado. Pero es un sistema.
No es un derecho de propiedad frente al Estado. El
Estado no sale y compra o vende territorio. El te-
rritorio está al servicio de la población del Estado”.
Le comenté que había visto a compañeros su-
yos sorprendidos por que él sostuviera que se ne-
cesita una reforma agraria en Guatemala, y eso me
había llevado a imaginarme algo así como las que
había habido en Taiwán, o en Guatemala, o en
otros lugares.
Sin inmutarse, replicó que lo que él entiende
por reforma agraria no pasa por otro lado que por
la regulación pero que tampoco descartaba algo
mayor. Aunque creía que cualquier modificación
era un tema tan delicado que no es algo que pudie-
ra imponerse.
Minutos antes se había referido a la Reforma
Constitucional, de cuyo grupo orientador él es un
miembro prominente: ninguna de estas ideas sería
incluida, ningún elemento demasiado controverti-
do trataría de negociarse en esta ocasión. Lo ur-