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Facultad de Ciencias Políticas y Sociales
así como los delitos cometidos, la
responsabilidad de los procesados y las
penas a aplicar.
Se omitieron los nombres de los
testigos y de las víctimas, miembros en
su gran mayoría de las comunidades
afectadas, cuando su número superaba
los tres, pero si se consignó el número
total de nombres que aparecen en
los párrafos de la sentencia, como se
aprecia a continuación:
C-01076-2011-00015 OF. 2º.
TRIBUNAL PRIMERO DE SENTENCIA
PENAL, NARCOACTIVIDAD Y
DELITOS CONTRA EL AMBIENTE.
GUATEMALA DIEZ DE MAYO DE DOS
MIL TRECE.
En nombre del pueblo de la
República de Guatemala este tribunal
dicta sentencia en el proceso que se
sigue a JOSÉ MAURICIO RODRÍGUEZ
SÁNCHEZ Y JOSÉ EFRAÍN RÍOS MONTT,
por los delitos de: 1) GENOCIDIO, y 2)
DELITOS CONTRA LOS DEBERES DE LA
HUMANIDAD EN CONCURSO REAL.----
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La acusación está a cargo
del Ministerio Público quien actúa a
través del AGENTE FISCAL ORLANDO
SALVADOR LÓPEZ. DE LA QUERELLANTE
ADHESIVA: ASOCIACIÓN PARA LA
JUSTICIA Y RECONCILIACIÓN a través
de su representante legal BENJAMÍN
MANUEL
JERÓNIMO.
ABOGADOS
DIRECTORES: 1) EDGAR FERNANDO
PÉREZ ARCHILA y 2) SANTIAGO
CHOC CUC. DE LA QUERELLANTE
ADHESIVA: CENTRO PARA LA ACCIÓN
LEGAL EN DERECHOS HUMANOS a
través de su coordinador jurídico y
representante legal JUAN FRANCISCO
SOTO FORNO. ABOGADO DIRECTOR:
1) HÉCTOR ESTUARDO REYES CHIQUÍN
y 2) FRANCISCO MARTÍN VIVAR
CASTELLANOS.
La defensa del procesado JOSÉ
MAURICIO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ está
a cargo de los ABOGADOS MOISÉS
EDUARDO GALINDO RUÍZ, CÉSAR SAÚL
CALDERÓN DE LEÓN, FRANCISCO JOSÉ
PALOMO TEJEDA Y OTTO HAROLDO
RAMÍREZ VÁSQUEZ; la defensa del
procesado JOSE EFRAÍN RÍOS MONTT
está a cargo de los ABOGADOS
FRANCISCO GARCÍA GUDIEL, GONZALO
DANILO RODRÍGUEZ GÁLVEZ, MARCO
ANTONIO CORNEJO MARROQUÍN;
como Consultor técnico JUAN ERNESTO
HERRARTE.
(…)
SENTENCIA POR LOS DELITOS
DE GENOCIDIO Y CONTRA LOS
DEBERES DE LA HUMANIDAD,
COMETIDOS EN AGRAVIO DEL
PUEBLO MAYA IXIL
Parte quinta de la sentencia:
V). DE LA RESPONSABILIDAD
PENAL DE LOS ACUSADOS Y LA
CALIFICACIÓN LEGAL DE LOS DELITOS:
Una de las formas de situarnos
en el contexto histórico en el cual se
encuentra inmerso el hecho que se juzga,
lo constituye el reconocer que existió
un conflicto armado en Guatemala,
que abarcó de mil novecientos sesenta
y dos a mil novecientos noventa y
seis, período dentro del cual se aplicó
la Doctrina de la Seguridad Nacional.
Dentro de ese período, se produjo el
golpe de Estado protagonizado por el
general JOSÉ EFRAÍN RÍOS MONTT, el
veintitrés de marzo de mil novecientos
ochenta y dos. En el área IXIL, en las