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Facultad de Ciencias Políticas y Sociales
misma en Guatemala. Se observa una
paradoja profunda, en la medida en que
cuando existe voluntad, es posible que el
sistema judicial funcione para enjuiciar
graves crímenes, incluso el crimen de
genocidio. Pero la independencia del
sistema judicial es tenue y como se
ha podido notar, existen diferentes
mecanismos a través de los cuales
grupos de poder pueden influenciar o
interferir en los procesos para cambiar
su resultado.
El abuso en el uso de recursos
de apelación y amparo, ha sido una
de las serias falencias del sistema
de justicia guatemalteco, que ha
contribuido a la impunidad de graves
violaciones de derechos humanos. En
otros casos, la Corte Interamericana
de Derechos Humanos y la Comisión
Internacional contra la Impunidad en
Guatemala (CICIG) ya han denunciado
la permisividad de los jueces respecto
del uso fraudulento del amparo y
otros recursos legales como estrategia
dilatoria de los procesos. En el presente
caso, 1.771 Ixiles fueron asesinados
por las fuerzas del ejército bajo las
órdenes del general y dirigente de facto
José Efraín Ríos Montt. En Guatemala
se cometió genocidio. Y las democracias
se fortalecen con la exigencia y la
realización de la justicia, no con su
renuncia. Como afirmó Manuel Ollé
Sesé, observador en el juicio de Ríos
Montt: “La verdad que no se olvida es la
que destroza vidas y personas y ofende
la esencia misma de la humanidad. La
justicia es lo único que puede devolver,
en parte, la dignidad arrebatada a
todas las víctimas. La Justicia es el
remedio para la restauración de la
convivencia democrática y para evitar
que el terrorífico pasado no se repita.”
Recomendaciones
1. Considerando que la anulación de
parte del juicio y de la sentencia
representa
una
flagrante
violación del derecho a la
verdad, la justicia y la reparación
de las víctimas de crímenes
internacionales, la FIDH insta a
la Corte de Constitucionalidad
a reconsiderar y reformar su
decisión, manteniendo vigente
la sentencia condenatoria a José
Efraín Ríos Montt por genocidio
y delitos contra los deberes de
la humanidad. La FIDH exige,
por tanto, a las autoridades
guatemaltecas que respeten la
obligada aplicación del Derecho
Internacional de los Derechos
Humanos y sus estándares por
parte de los jueces nacionales
guatemaltecos.
2. La FIDH también insta a la Corte
de Constitucionalidad resolver
con celeridad los amparos y
otros recursos pendientes, y a
dar instrucciones claras sobre
el procedimiento. Asimismo,
la FIDH insta a que en ningún
caso, se re-victimice a los
sobrevivientes obligándolos a
declarar nuevamente.
3. Recordando que en virtud
de los principios básicos de
Naciones Unidas, relativos a la
independencia de la judicatura,
“los jueces resolverán los
asuntos que conozcan con
imparcialidad, basándose en
los hechos y en consonancia
con el derecho, sin restricción
alguna
y
sin
influencias,
alicientes, presiones, amenazas
o intromisiones indebidas,