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Revista Espacios Políticos
términos que la ley establece”. Esos
tres conceptos son la pieza angular
para guiar la elección de quienes
integran el grupo seleccionado por la
comisión de postulación y con más
razón, del próximo fiscal general.
El peor escenario será siempre
integrar la lista final con mediocres
o con una lista “mixta”, en la que se
reúnan algunos “honorables” con una
mayoría de aliados de la impunidad,
lo cual “obligaría” al presidente de
la República a escoger entre un
“pulguero”. Menuda tarea para los
catorce comisionados que se reúnen
cada vez que hay designación de tal
funcionario. Nuevamente retornamos
a la agenda del devenir institucional.
Las instituciones son las expresiones
más concretas (antes con rasgos
diluidos e implícitos pero ahora llevadas
al extremo del realismo político)
de un Estado débil, excluyente,
patrimonialista, cooptado.
Calificar la reconocida honorabili-
dad
En el plano superficial y
estrictamente formalista en el que
se mueven muchas de las decisiones
políticas en Guatemala, el requisito
de la “reconocida honorabilidad” es
sinónimo de ausencia de pruebas.
Se trata de un acuerdo perverso, de
una gran complicidad. Posiblemente
quienes elaboraron la Constitución
Política de la República quisieron
garantizar el importante peso de la
honorabilidad. Con el pasar del tiempo
dicho requisito, ahora fundamental
en los procesos de elección, es visto
con notoria superficialidad y alta
dosis de subjetivismo. Impera el
sentido de darle la vuelta al requisito
formal. Ha llegado la hora de revertir
esta constante. Es necesario que
los integrantes de las comisiones
de postulación hagan públicos los
argumentos utilizados para calificar
y descalificar a los candidatos en el
marco del requisito de la “reconocida
honorabilidad”. Si una persona tiene
diversas sindicaciones, aún y cuando
estas no culminen en condenas
definitivas, son señales de que su
honorabilidad está venida a menos.
Un indicador esencial para
medir este importante requisito
debe consistir en el servicio y
aporte público, que el profesional ha
brindado. Adquiere importancia si los
candidatos han tomado decisiones
cuestionables,
controversiales
o discutibles. Esto aplica si han
ejercido judicaturas, sus funciones
en el plano privado, su desempeño
en el campo académico, personal y
comunitario. Superemos así la idea
de la honorabilidad como sinónimo
de unos cuantos criterios que han
sido propuestos, para legitimar un
poderoso engaño.
Otro aspecto que no logra
mejorarse es la presentación de
los vetos. En el caso de la reciente
comisión postuladora de los
magistrados al TSE por ejemplo,
varios de los señalamientos
presentados fueron pobres y con
débiles fundamentos. Ello sirvió
como argumento a los comisionados
para no resolver con base en esos
documentos, sino mediante una