Consejo Nacional de Áreas Protegidas –CONAP–
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III Informe Nacional de Cumplimiento a los Acuerdos del Convenio sobre Diversidad Biológica –CDB–
34. ◊ Respecto al Artículo 8(k), ¿ha promulgado su país o mantenido la legislación y/o otras
disposiciones de reglamentación necesarias para la protección de especies y poblaciones ame-
nazadas?
a) No
b) No, pero está preparándose la legislación
c) Sí, legislación y otras medidas establecidas (indique los detalles a continuación)
• Ley de Áreas Protegidas Decreto 4-89 y sus reformas decreto 18-89, 110-86, 117-97.
• Ley Forestal Decreto 101-96 y su Reglamento .
• Actualización de la Lista Roja de especies en peligro, CONAP.
• Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies en vías de extinción –CITES-.
• Normativa para el manejo, protección, transporte y comercialización de especies del
género Chamaerodea en Guatemala. CONAP. 2003.
• Reglamento de Granjas de Reproducción de Fauna.
• Manual para el Aprovechamiento Forestal en Áreas Protegidas.
• Manual de Procedimientos para el Aprovechamiento de la Caoba.
• Definición de cupos para el aprovechamiento de flora silvestre no amenazada (calagua-
la, especies de uso para época navideña).
• Reglamento del Mangle generado por el INAB.
• Se ha desarrollado indicadores de sostenibilidad en materia forestal y se ha creado la
CONESFORGUA (2002).
• Normativo de Fauna Cinegética.
• Reglamento de Centros de Rescate.
• Regulación de productos navideños (tillandsias, musgo).
• Ley de Caza.
• Política de asentamientos humanos.
XXX
Otra información sobre la legislación y/o otras disposiciones de la reglamentación para la protección de
especies y poblaciones amenazadas.
• El Reglamento de La Ley de Áreas Protegidas contempla los procedimientos de declaratoria de un
área protegida.
• El manejo de las áreas protegidas se da a través de plan de manejo y planes operativos anuales
(dentro éstos últimos se incluye información sobre el personal permanente para el manejo de las
áreas, la infraestructura y el equipo necesario).
• El Plan de Manejo excluye de la posibilidad de aprovechamiento aquellas especies que aparecen
en el Anexo 1 de la Lista Roja de CONAP. Así como aquellas especies cuya densidad y distribución
no es muy abundante y cuya posibilidad de corta no lo permite.
• Se han definido las diferentes categorías para el manejo (zonas de protección, usos múltiples,
amortiguamiento y de recuperación).