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Revista Eutopía, año 2, núm. 3, enero-junio 2017, pp. 103-150
Todo lo anterior, además, guiado por conceptos rectores como el territorio,
que es definido como:
[…] el espacio físico, socialmente construido, donde se ejerce derecho de
propiedad y posesión de la tierra, que incluye la totalidad del hábitat que se ocupa
o que se utiliza de una u otra manera, y el espacio a que los pueblos y comunidades
indígenas y campesinas tienen acceso tradicionalmente
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.
También con otros conceptos de primer orden, como tierras comunales,
pueblos indígenas y la consulta, los cuales serían aplicables una vez aprobada
la ley. Con ello se plasmaría una visión territorial sobre el desarrollo rural,
el reconocimiento a sujetos como los pueblos indígenas, así como a las
formas de propiedad y el usufructo colectivo de la tierra.
Como puede observarse, el carácter de la iniciativa de ley contradice
no solamente al modelo de acumulación de capital imperante, sino a la
doctrina de las políticas hacia lo rural instauradas desde la lógica neoliberal
y modernizante. De igual forma, resulta coherente con el enriquecimiento
y la complejidad con la cual el movimiento campesino analiza y se plantea
alternativas de solución a la problemática que enfrenta la economía
campesina y el ámbito rural. Estas implicaciones originaron que su discusión
se estancara en el período legislativo 2008-2012 cuando fue presentada,
debido a la oposición de los grupos empresariales y las presiones del capital
local y transnacional que vieron en la ley un dispositivo que podía atentar
contra el latifundio y obstaculizar los proyectos extractivos de su interés.
Tales sectores, articulados principalmente en la Cámara del Agro de
Guatemala y en el Cacif, se opusieron rápidamente a participar en el
proceso de diálogo sobre el desarrollo rural e intervinieron tratando de
obstaculizar el curso de la propuesta dentro del Organismo Ejecutivo y
el Congreso de la República. Esto fue determinante para que la iniciativa
no fuera sometida a tercera lectura y aprobación final del decreto, según
establece el procedimiento legislativo.
Coherentemente con este veto de los organismos representativos del
capital, la política emanada de esta iniciativa de ley, negociada y aprobada
por el gobierno de Colom (2008-2012), careció de implementación.
34 Congreso de la República de Guatemala. Iniciativa que dispone aprobar Ley de Desarrollo Rural Integral.