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Revista Eutopía, año 1, núm. 2, julio-diciembre 2016, pp. 51-109, ISSN 2518-8674
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Se hace una fuerte crítica a las políticas de reparto agrario, a los
subsidios de los insumos para la producción, al control de precios,
a la búsqueda de la autosuficiencia alimentaria y a una política
macroeconómica con sesgo antiexportador (control de precios,
impuestos a la exportación y sobrevaluación de la moneda).
3. La experiencia del Fondo de Tierras: ¿símbolo de fracaso
de la política sectorial?
En esta sección se examinan los programas de compraventa de tierras y de
subsidio parcial de arrendamiento de tierras ejecutados por el Fondo de
Tierras, una institución surgida en el marco de la política agraria y sectorial
analizada.
En la Ciudad de México, el 6 de mayo de 1996, representantes del Gobierno
de la República, la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca y las
Naciones Unidas firmaron el Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos
y Situación Agraria (Asesa). Este acuerdo incluyó el compromiso de crear
una entidad con la potestad de concentrar el financiamiento público para
la adquisición de tierras y con el mandato de contribuir a transparentar
el mercado de tierras. El acuerdo también identificó diez posibles fuentes
para conformar el fondo, destacando las siguientes: i) baldíos y tierras
nacionales; ii) tierras ociosas que se expropien según el artículo 40 de la
Constitución Política de la República; iii) tierras que se adquieran con
recursos provenientes de la venta de excesos de tierras que pudieran resultar
en las propiedades privadas al comparar la medida real con la superficie
registrada en el Registro de la Propiedad.
Ninguna de estas orientaciones establecidas en el acuerdo fue implementada.
El Fondo de Tierras ha operado a partir de las tierras compradas con los
recursos públicos asignados por el MAGA y su capacidad de respuesta ha
sido notablemente limitada con respecto a la demanda efectiva del acceso a
la tierra. Esta situación se agudizó en 2008, al cumplirse el período de diez
años que obligaba al Estado a asignar recursos financieros a esta entidad
41
.
Así, a partir de ese año, al no contar con las transferencias del Estado, el
programa de reparto de tierras por la vía del mercado redujo sus operaciones.
41 Decreto núm. 24-99. Ley del Fondo de Tierras (Guatemala: Congreso de la República, 1999),
Capítulo III: Mecanismos de financiamiento de los proyectos, artículo 26.