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Revista Eutopía, año 1, núm. 1, enero-junio 2016, pp. 179-213
compromisos libremente consentidos entre ambos, y nunca más por la fuerza de
uno y el avasallamiento del otro.
Para algunos extrañará que la cuestión lingüística aparezca como eje de la
cuestión de las nacionalidades. Sin embargo es así porque este factor es a la vez
reflejo y componente del problema de la coexistencia en un Estado unitario, de
dos comunidades distintas en el plano cultural, social, económico y político.
5. LAS REIVINDACIONES MAYAS Y EL PROCESO REVOLUCIONARIO.
El objetivo de constituir la República Popular Maya Federada a una posible
República Criolla, hace que las reivindicaciones nacionalistas del pueblo indio,
sean de inmediato y provicionalmente, las siguientes:
a. Modificación del orden lingüístico y cultural imperante en la actualidad,
mediante la supresión de la actual política asimilacionista solapada. Es
necesario “normalizar” el uso de las lenguas mayances reconociéndolas
como lenguas nacionales. Y mientras que no se llegue el Federalismo real,
habrá que reconocerlas como iguales al Castellano en todas las instancias
e instituciones estatales, paraestatales, etc. (Universidades, Escuelas,
Tribunales, Policías, Ejército, etc.).
b. Remodelación de las fronteras departamentales y municipales del Estado
guatemalteco en “Regiones” según el principio lingüístico, y por consiguiente,
según el principio de las nacionalidades. Esta remodelación de unidades
administrativas conllevará necesariamente la redistribución de las áreas de
jurisdicción de algunas entidades estatales actuales, así como la creación de
otras que tengan como circunscripción dichos espacios, y que sean a la vez
su expresión permanente y sobre quienes los miembros de dichas regiones
tengan algún control (vicegobernaturas? vicepresidencia? etc.).
c. Otorgamiento del derecho a autogobierno o autoadministración étnico y
lingüístico para dichas regiones constituidas y otorgamiento de facilidades
lingüísticas de tipo escolar (por lo menos en la educación primaria) y
administrativo (por lo menos a nivel de traductores) para las minorías
residentes fuera de sus regiones de jurisdicción, ya sean indios o ladinos.
d. …